banner
Uncategorized

PDC y Libre Tienen Plazo Hasta el 3 de Septiembre para Decidir sobre la Segunda Vuelta Electoral

La Paz, 19 de agosto de 2025. – El Partido Demócrata Cristiano (PDC) y la Alianza Libertad y Democracia (Libre) cuentan hasta el 3 de septiembre para definir si declinan su participación en la segunda vuelta electoral, programada para el 19 de octubre. Si deciden retirarse después de esta fecha, enfrentarán sanciones impuestas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El inciso c) del artículo 53 de la Ley 026 del Régimen Electoral establece que, si alguna de las organizaciones políticas notifica por escrito su declinatoria al TSE hasta 45 días antes de la votación, la segunda vuelta no se llevará a cabo. En caso contrario, si declinan su participación con menos de 45 días de antelación, serán sancionadas conforme a la normativa electoral.

“En ambos escenarios, las candidaturas de la otra fórmula serán proclamadas a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado”, indicó el vocal del TSE, Tahuichi Quispe.

Según el Sistema de Resultados Preliminares (Sirepre), el exalcalde de Tarija y actual senador Rodrigo Paz Pereira (PDC) obtuvo el primer lugar en las elecciones del domingo con un 32,14% de los votos (1.625.882), mientras que el expresidente Jorge Tuto Quiroga (Libre) quedó en segundo lugar con un 26,81% (1.356.370 votos). Tahuichi Quispe afirmó que “el balotaje ya estaría definido” entre Paz y Quiroga, dado que la tendencia electoral lo indica.

El excandidato Jaime Dunn sugirió a Quiroga considerar una alianza con Paz y declinar su candidatura para la segunda vuelta.

El TSE ha proyectado que la segunda vuelta requerirá un presupuesto de 194 millones de bolivianos. “Este será el proceso electoral más largo de la historia de Bolivia, con 200 días, desde el 3 de abril hasta el 19 de octubre”, afirmó un vocal del TSE.

Tahuichi Quispe explicó que si uno de los frentes decide no participar, esto podría significar un ahorro significativo para el Estado. Su colega, Gustavo Ávila, reafirmó que ambas organizaciones tienen la libertad de decidir su participación, aunque ambas han manifestado públicamente su interés en competir por la presidencia.

De acuerdo con la Ley 026, el Reglamento de las Elecciones Generales 2025 establece que la convocatoria y el calendario electoral para la segunda vuelta serán aprobados por la Sala Plena del TSE tras la publicación de los resultados oficiales de la primera vuelta.

Las reglas comunes para esta segunda vuelta incluyen: 1. Uso del mismo padrón electoral; 2. Nuevo sorteo y capacitación de los jurados electorales; 3. Propaganda electoral en los plazos establecidos; y 4. Nuevo sorteo de ubicación en la papeleta electoral.

“Se proclamará ganadora a la candidatura que obtenga la mayoría de los votos válidos emitidos”, concluye el artículo 53 de la Ley 026.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba