Arce promulgará la “Ley Corta” para garantizar el abastecimiento de diésel y gasolina ante emergencias

La Paz, 24 de octubre de 2025.– El presidente Luis Arce promulgará la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia” una vez que el documento llegue al Ministerio de la Presidencia, informó la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón.
La Cámara de Diputados sancionó la norma que autoriza, de manera temporal, la importación privada de combustibles para garantizar el suministro nacional ante eventuales contingencias.
“El Ejecutivo aguarda que la Asamblea Legislativa remita el documento para su revisión y posterior promulgación, cumpliendo los procedimientos constitucionales”, explicó Alcón en conferencia de prensa.
La autoridad detalló que actualmente existen 26 instancias autorizadas para comercializar combustibles, de las cuales seis ya están operando, y que la nueva norma permitirá agilizar los procesos de importación. “Esta ley va en consonancia con las acciones que estamos realizando. Ni bien llegue, se va a promulgar”, afirmó.
La “Ley Corta” establece un régimen excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales o jurídicas importar diésel, gasolina y gas licuado de petróleo (GLP) bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Durante este periodo, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) mantendrá la provisión estatal prioritaria e informará previamente sus capacidades de abastecimiento. En caso de no cubrir el 100% de la demanda, los operadores privados podrán importar o adquirir combustibles en régimen de libre competencia y a precio diferenciado.
La ANH será la entidad encargada de otorgar la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD) mediante una ventanilla digital única, con un plazo máximo de 48 horas hábiles para emitir respuesta. Si no se pronuncia en ese tiempo, se aplicará el principio de silencio positivo.
Las importaciones bajo este régimen estarán exentas del pago del Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Además, las estaciones de servicio podrán adquirir combustible de un importador autorizado o realizar importaciones directas de hasta 19.900 litros por operación.
Para garantizar la transparencia, la ANH implementará un sistema de monitoreo GPS en tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y fiscalizará la calidad de los combustibles. Las infracciones —como acaparamiento, adulteración o especulación— serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en casos graves, con denuncia penal.
La norma, aprobada en la última sesión del periodo legislativo 2020–2025, tiene como propósito asegurar el abastecimiento nacional de carburantes y será aplicada por un periodo excepcional de tres meses contados desde su promulgación.







